Cuánto sueldo me pueden embargar por impago de la hipoteca – actualizado 2024

3 de Febrero de 2024 Paqui

Los límites mínimos de los embargos de salarios por cualquier deuda están definidos por el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Estos límites para deudas estándar son los siguientes:

  • Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional que en 2019 es igual 900€.
  • Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:
    1. Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 %.
    2. Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 %.
    3. Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 %.
    4. Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 %.
    5. Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 %.
    6. Hay una modificación que se introduce, eleva la cuantía inembargable al 150% del salario mínimo interprofesional, para las ejecuciones hipotecarias sólo de vivienda habitual-familiar en tiempos de Zapatero (PSOE). Sólo para este caso, si nos embargan la nómina o pensión por impago de la hipoteca, en lugar de comenzar a embargar a partir de 900€ euros, se elevará hasta 1080+(1080×50%)= 1620 euros y a partir de esta cuantía se aplicarán las escalas anteriores.

      Además, si el embargado tiene cargas familiares a su cargo, al sueldo inembargable se añadirá un 30% adicional por cada miembro de la familia que dependa económicamente del deudor/es de la hipoteca. O sea, por norma general, a esos 1350 euros hay que añadir 270 € por cada familiar dependiente. Así para un titular el límite mínimo son 1620 euros como salario inembargable para un deudor si tiene a su mujer en paro. A la renta familiar hay que sumar la de todos los miembros que cobran y son titulares de la hipoteca.